Retraso o cancelación con Aeroméxico: qué te toca
Última actualización: 25 de septiembre de 2026
Tu vuelo de Aeroméxico se retrasó más de 4 horas o lo cancelaron: reembolso u otra fecha, más al menos 25 % del boleto si fue culpa de la aerolínea (LAC art. 47 Bis).
La ley aplica igual a Aeroméxico
Tus derechos no dependen de la aerolínea: la Ley de Aviación Civil aplica a todas las que operan vuelos nacionales, incluida Aeroméxico. Todo lo que sigue vale cuando la causa es de la aerolínea. Si fue el clima, el control aéreo o el cierre del aeropuerto, no hay indemnización.
Retraso de más de 4 horas o vuelo cancelado
Eliges una de tres opciones (LAC art. 47 Bis V b y VI): reembolso más al menos 25 % del precio del boleto; otro vuelo en la fecha que te convenga más al menos 25 %; o el primer vuelo disponible con alimentos y, si pasas la noche, hotel y transporte, pero sin el 25 %.
Ejemplo: boleto de 1,800 pesos, retraso de 5 horas por causa de la aerolínea. Si pides el reembolso, te toca al menos 1,800 + 450 pesos.
Retraso de 1 a 4 horas
La aerolínea te compensa según su propia política, con descuentos para otro vuelo o alimentos. Entre 2 y 4 horas, el descuento no puede ser menor al 7.5 % del boleto (LAC art. 47 Bis V a).
Cómo reclamar
1. Guarda tu pase de abordar, tu reservación y una captura de la pantalla de salidas o del estado del vuelo.
2. Pide a la aerolínea, por escrito, el motivo del retraso o de la cancelación.
3. Manda tu reclamación por escrito. La aerolínea tiene 10 días naturales para pagarte la indemnización (LAC art. 47 Bis X).
4. Si no te pagan, presenta una queja gratuita ante PROFECO por Concilianet. Tienes un año (LFPC art. 105).
Preguntas frecuentes
¿Aeroméxico me tiene que pagar si mi vuelo se retrasó más de 4 horas?
Sí, si la causa fue de la aerolínea: reembolso u otra fecha, más al menos 25 % del precio del boleto (LAC art. 47 Bis V b y VI). Si fue por clima o control aéreo, no hay indemnización.
¿Cuánto tiempo tiene la aerolínea para pagarme?
10 días naturales desde tu reclamación. Una cláusula que diga lo contrario no vale (LAC art. 47 Bis X).
¿Y si acepté el primer vuelo disponible?
Entonces la ley te da alimentos y, si pasas la noche, hotel y transporte, pero no el 25 % (LAC art. 47 Bis VI).
Revisa gratis cuánto te toca y descarga tu carta de reclamación.
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