El Buen Fin 2026: cargos no reconocidos y compras en línea
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Cuida tu tarjeta en El Buen Fin 2026. Revisa tus compras en línea y pide la aclaración de cargos que no hiciste en 90 días (LTOSF art. 23).
Antes de comprar en El Buen Fin
El Buen Fin se realizará del 13 al 17 de noviembre: fechas anunciadas para 2026. Antes de comprar en línea, activa las notificaciones de tu banco y usa una tarjeta digital si tu app la ofrece.
Entra directo a la página o app de la tienda. Guarda la confirmación del pedido, el precio y la fecha de entrega ofrecida para compararlos después con tus movimientos.
Nunca compartas con nadie tu NIP, tus contraseñas ni los códigos que te llegan por SMS, y no mandes el número completo de tu tarjeta por chat o correo. En Reclámalo tampoco te los pedimos.
Después de comprar, revisa tu estado de cuenta
Compara cada cargo con tus pedidos y correos de confirmación. Revisa también las suscripciones y las compras de familiares con tu tarjeta guardada: el nombre del comercio puede aparecer distinto en el estado de cuenta.
Si encuentras un cargo que no hiciste, bloquea la tarjeta desde la app o la línea oficial del banco. Guarda capturas y cambia las contraseñas de las tiendas donde la tenías guardada.
Pide la aclaración por escrito dentro de 90 días naturales desde la fecha de corte y exige tu acuse de recibo (LTOSF art. 23 fr. I). Tu institución debe responderte por escrito con las pruebas en máximo 45 días, o 180 si la operación fue en el extranjero (LTOSF art. 23 fr. II).
Si es una tarjeta de crédito, no estás obligado a pagar el monto que estás aclarando mientras se resuelve la aclaración (LTOSF art. 23 fr. I).
Si es un banco y fue con tu tarjeta
Si tu tarjeta es de un banco y reclamas dentro de 90 días desde el cargo, el banco debe abonarte el monto a más tardar el segundo día hábil bancario después de tu reclamación, salvo que te entregue en ese plazo un dictamen que pruebe que se usaron al menos dos factores de autenticación (Banco de México: Circular 3/2012 art. 19 Bis 3 para débito; Circular 34/2010 numeral 3.4 para crédito).
Esa regla es para bancos. Si tu cuenta es de una app o sofipo (Nu, Mercado Pago, Klar, Stori…), aplica solo el procedimiento de aclaración de la LTOSF art. 23.
Lo que te da la ley
Pedir la aclaración de cualquier movimiento que no reconozcas, dentro de 90 días naturales, y que te den acuse de recibo (LTOSF art. 23 I).
Una respuesta por escrito en máximo 45 días, o 180 si la operación fue en el extranjero, con copia de la evidencia y un informe que responda todos tus hechos (LTOSF art. 23 II).
Con tarjeta de crédito: no pagar el monto en aclaración, ni lo relacionado con él, hasta que se resuelva, sin intereses moratorios (LTOSF art. 23 I y II).
Que no te reporten como deudor en el Buró de Crédito por ese monto mientras no se resuelva (LTOSF art. 23 V).
Si tu banco no te contesta a tiempo, la CONDUSEF le impone una multa por un monto igual al que reclamas (LTOSF art. 23 IV).
Qué hacer, paso a paso
1. Guarda capturas del movimiento en tu app o estado de cuenta (monto, fecha, hora y nombre del comercio o beneficiario).
2. Presenta por escrito la solicitud de aclaración a tu banco o app financiera y exige tu acuse con folio, dentro de 90 días naturales (LTOSF art. 23 I).
3. Tu institución debe darte el dictamen por escrito, con copia de las pruebas, en máximo 45 días (LTOSF art. 23 II).
4. Si no te contestan o te rechazan sin pruebas, presenta una queja gratuita ante la CONDUSEF.
¿Cargo duplicado o problema con la tienda?
Si hiciste una compra y te cobraron dos veces, consulta nuestra guía «Cargo duplicado en tu tarjeta: cómo reclamarlo» en reclamalo.mx/guias/cargo-duplicado-tarjeta.
Si sí hiciste la compra pero no respetaron el precio o el pedido no llegó, no es un cargo no reconocido. Reclama primero a la tienda y guarda su respuesta. Si no te resuelve, acude a PROFECO.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es El Buen Fin 2026?
Del 13 al 17 de noviembre: fechas anunciadas para 2026. Activa las notificaciones antes de comprar y revisa después tu estado de cuenta.
¿Es cierto que el banco me devuelve el dinero en 48 horas?
Casi: si es un banco y reclamas dentro de 90 días desde el cargo, debe abonarte a más tardar el segundo día hábil bancario, salvo que pruebe con un dictamen que se usaron dos factores de autenticación (Circular 3/2012 art. 19 Bis 3; Circular 34/2010 num. 3.4). No necesitas reclamar en 48 horas. Para apps como Nu, Mercado Pago o Spin aplica solo la LTOSF (respuesta en 45 días).
¿Hay un monto máximo para pedir la aclaración en mi banco?
Sí: en bancos, este procedimiento cubre cargos de hasta 20,000 UDIS cada uno, unos $175,000.00 (Disposiciones de la CNBV sobre el art. 23 de la LTOSF, art. 14). Si un cargo es mayor, pide igual la aclaración por escrito y, si no te resuelven, ve a la CONDUSEF.
¿Sirve si mi cuenta es de una app como Nu, Mercado Pago o Klar?
Sí: la ley incluye bancos, sofipos, sofomes, cooperativas e instituciones de tecnología financiera (LTOSF art. 3 IX), y el procedimiento de aclaración es el mismo (LTOSF art. 23).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cargo que no reconozco?
90 días naturales desde la fecha de corte o desde el día de la operación (LTOSF art. 23 I).
¿Cuánto tarda el banco en responder una aclaración?
Máximo 45 días, o 180 si la operación fue en el extranjero, y por escrito (LTOSF art. 23 II).
Fuentes
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 fr. I
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 fr. II
- Banco de México, Circular 3/2012: Banco de México: Circular 3/2012 art. 19 Bis 3 para débito
- Banco de México, Circular 34/2010: Circular 34/2010 numeral 3.4 para crédito
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 I
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 II
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 I y II
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 V
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 IV
- Banco de México, Circular 3/2012: Circular 3/2012 art. 19 Bis 3
- Banco de México, Circular 34/2010: Circular 34/2010 num. 3.4
- Disposiciones de la CNBV sobre el art. 23 de la LTOSF, art. 14
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 3 IX
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Revisar mi cargo gratisNo somos abogados: te ayudamos a usar los derechos que ya te da la ley. Fuente: Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), arts. 3 y 23. No somos la CONDUSEF ni un banco. · otras guías.